LEY ORGÁNICA DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN
Que copiada textualmente dice en sus artículos...
ARTÍCULO 1: La presente Ley tiene por objeto regular la
actividad del Estado y la sociedad, en materia de seguridad y defensa integral,
en concordancia a los lineamientos, principios y fines constitucionales.
ARTÍCULO 2: La seguridad de la Nación está fundamentada en
el desarrollo integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el
goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económicos, social,
políticos, cultural, geográfico, ambiental y militar de los principios y valores
constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las personas
que conforman el Estado y la Sociedad, con proyección generacional, dentro de un
sistema democrático, participativo y protagónico, libre de amenaza a su
sobrevivencia, su soberanía y a la integridad de su territorio y demás espacios
geográficos.
ARTÍCULO 3: Defensa integral, a los fines de esta Ley, es
el conjunto de sistemas, métodos, medidas y acciones de defensa, cualquiera sean
su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el
Estado con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las
personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de
salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la
integridad territorial y el desarrollo integral de la Nación (bachirkhaoim)
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